NULIDAD DE REGISTROS MARCARIOS EN COSTA RICA
Según lo establece la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, la nulidad del registro de una marca se debe solicitar ante el Registro de la Propiedad Intelectual, y procede cuando un interesado con legitimación para ello lo requiere, ya que considera que se está violentando su derecho como titular